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La Comisión de Quejas inadmite una reclamación interpuesta contra el Gobierno de Aragón

20/07/2026

09:42

Escrito por: APM

El órgano deontológico ha desestimado la queja dirigida contra cinco comunicados emitidos por la Consejería de Desregulación, Bienestar Social y Familia.

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo ha debatido, el pasado 19 de junio, una posible vulneración en la que puedan haber incurrido varios comunicados institucionales difundidos por un departamento que forma parte del Gobierno de Aragón. La queja ha sido presentada por la Asociación de Periodistas de Aragón y el Colegio de Periodistas de Aragón.

La parte demandante alega que determinados enfoques, expresiones y marcos narrativos empleados en dichos comunicados podrían resultar “incompatibles con los principios éticos recogidos en el Código Deontológico de la  Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y con las recomendaciones profesionales existentes sobre el tratamiento mediático de las migraciones y de colectivos vulnerables”.

Sin embargo, el dictamen de la Comisión considera que no es procedente tramitar expediente deontológico respecto a las notas oficiales de comunicación publicadas por el Gobierno de Aragón, en concreto por el Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia, ya que se trata de actos administrativos, sometidos a crítica, pero no a las exigencias de la ética periodística que establece el Código Deontológico.

Además, la parte demandante requiere una valoración de la Comisión respecto a si el contenido de esos comunicados resulta compatible con las normas del Código y si entran en contradicción con las recomendaciones de la “Guía didáctica para el correcto tratamiento mediático de las migraciones” suscrita por el Gobierno de Aragón y las organizaciones profesionales de periodistas de Aragón el pasado año 2022.

La Comisión no entra a valorar el alcance deontológico de las notas de prensa, aunque señala que el Código precisa como límites “el respeto a la dignidad humana a la intimidad y a la protección de personas en situación de vulnerabilidad o exclusión”, que la tarea del periodista incluye "evitar mentiras y bulos" y "advertir y prevenir discursos de odio". Finalmente señala que "es competencia de los firmantes de la 'Guía para el corrector tratamiento mediático de las migraciones' denunciar su incumplimiento con el correspondiente razonamiento de lo justifique".

Resolución 2026/261

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