Fundada en 1895

Servicios

Las prestaciones son las siguientes:

PRESTACIÓN POR NATALIDAD

La Asociación de la Prensa de Madrid concede la exención de la cuota de asociado durante dos años en concepto de prestación por el nacimiento de un/a hijo/a, que debe ser solicitada en el plazo de ocho meses desde el día del parto presentando el Libro de Familia o Certificado del Registro Civil donde conste el nacimiento. Solo se admitirá una solicitud de exención por niño.

Para optar a esta prestación es necesario ser miembro de la Asociación, como mínimo con dos años de antigüedad y no tener deudas pendientes con la Asociación.

PRESTACIÓN DE ADOPCIÓN

La Asociación de la Prensa de Madrid concede la exención de la cuota de asociado durante dos años en concepto de prestación por la adopción legal de un/a hijo/a menor de tres años, que debe ser solicitada en el plazo de los 60 días siguientes al de la legalización presentando los documentos que acrediten fehacientemente la adopción.

Para optar a esta prestación es necesario ser miembro de la Asociación, como mínimo con dos años de antigüedad y no tener deudas pendientes con la Asociación.

PRESTACIÓN SOCIAL

Contempla los casos especiales de aquellos asociados que atraviesan un mal momento económico y no pueden hacer frente al pago de las cuotas sociales. En esos casos, la Asociación de la Prensa de Madrid puede aplicar la exención del pago de algún trimestre o la reducción de la cuota al 50%, después de estudiar la solicitud que se presente para ello.

El procedimiento es enviar un escrito dirigido a la Secretaría General de la APM, exponiendo la situación y adjuntando el justificante de estar como demandante de empleo y no cobrar prestación alguna. El escrito y documentación se deben enviar por correo electrónico o carta postal al Departamento de Asociados ([email protected] o [email protected]).

El requisito necesario para acceder a esta ayuda es tener una antigüedad mínima como asociado de tres años.