La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo, tras reunirse el pasado 19 de junio, ha considerado que el reportaje publicado 17 de abril de 2026 en el periódico Levante-EMV bajo el título "El Gobierno ordena retirar el escudo fascista del panteón del nazi croata enterrado en Carcaixent y dar a conocer sus crímenes" no ha infringido la normativa deontológica.
La reclamación, presentada por Conrado Vicente Daza Cámara, cuestiona el tratamiento informativo de una resolución de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática relativa al mausoleo de Vjekoslav Luburić, ubicado en el cementerio de Carcaixent, sosteniendo que el periodista reproduce y cita fragmentos de dicha resolución administrativa en cuestión que, según afirma, no había sido aun notificada a todas las personas implicadas. Asimismo, ha considerado que el medio ha incumplido diversos principios del Código Deontológico relacionados con la fundamentación de la información, el deber de rectificación y el derecho de réplica.
Una vez valorados todos los argumentos de la reclamación, la Comisión ha considerado que ni el periodista D. Pascual Fandos, ni el diario Levante-EMV han incurrido en las infracciones deontológicas alegadas por la parte reclamante y ha concluido que la información publicada respeta los principios recogidos en el Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
Resolución 2026/256
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