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La Comisión de Quejas dictamina que Canal Sur no respetó el Código Deontológico en una pieza informativa sobre ‘fake news’

11/04/2024

13:22

Escrito por: APM

El organismo estima que la televisión andaluza incumplió varios artículos de su normativa deontológica.

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo, tras su reunión el pasado día 11 de marzo, ha emitido una nueva resolución, que se suma a las más de 210 emitidas desde la creación del organismo deontológico en 2004.

El Consejo Profesional de Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) presentó una queja alegando que una pieza informativa, emitida en los informativos de Canal Sur TV, vulneraba el Código Deontológico de la FAPE, por el posible incumplimiento del artículo 2 de los Principios Generales, del artículo 1 del Estatuto y del artículo 1 de los Principios de Actuación.

El escrito de reclamación fue presentado por el Consejo Profesional de RTVA, y en él se denuncia que la emisión del panel sobre fake news, el 20 de abril de 2023, en el informativo N2 de Canal Sur TV de RTVA, incurrió en malas praxis por las que se habría faltado a los principios de verdad e independencia, así como al compromiso con las búsqueda de la verdad, recogidos en el Código Deontológico de la FAPE, solicitando la correspondiente apertura de expediente deontológico contra la Dirección de Informativos de Canal Sur Televisión.

La presentadora del informativo enunciaba cuatro supuestos bulos vertidos sobre la proposición de Ley de Regadíos de Doñana presentada en el Parlamento andaluz por PP y Vox, y procedía a continuación al supuesto desmentido de los mismos.

Conclusiones

Después de analizar el caso, revisando los escritos presentados por ambas partes, “La Comisión entiende que se ha vulnerado el art. 1 y 1 a) de los Principios de Actuación del Código Deontológico en la pieza informativa analizada dado que resulta incompleta, carente de la fundamentación y atribución propias de una información periodística rigurosa, está elaborada sin atender a la necesaria contrastación de las afirmaciones y a la pluralidad de puntos de vista acordes a la complejidad de la cuestión en juego y sin dar oportunidad de manifestarse a quienes, sin citarlos, se les atribuye la condición de difusores de bulos. Dado que de las 12 afirmaciones contenidas en el panel no se aporta evidencia alguna, salvo de una ellas, que también se ha conculcado el artículo 2.º de los Principios Generales del Código Deontológico de la FAPE que exige el respeto a la verdad”.

Resolución 2024/209

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