La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo, tras reunirse el pasado 21 de febrero, ha emitido una nueva resolución tras la solicitud de la apertura de expediente deontológico al medio digital y a sus periodistas por una serie de cinco informaciones publicadas en ese medio sobre el Grupo Cosentino, que considera incumplen el Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
La denuncia fue presentada por el director de Comunicación Externa del Grupo Cosentino, José Luis Cobas del Pozo, en representación de la empresa, quien señala en su escrito a la Comisión que los periodistas "en ningún caso contrastan la información previamente a su publicación. Cuando se intenta contactar, a posteriori de la publicación, para la rectificación de la información errónea y falsa, la periodista no atiende a las llamadas. En ese momento habíamos iniciado conversaciones telefónicas con ese medio haciendo caso omiso a los datos e información que les facilitamos como afectados/interesados…”, indica el documento.
Dictamen de la Comisión
La Comisión de Quejas ha contemplado que “los cinco artículos están muy lejos de una diligente búsqueda de la verdad, carecen de fundamentación y acreditan muy escaso trabajo de investigación y documentación máximo cuando se refieren a un asunto tan importante como una enfermedad incurable: la silicosis” (Resolución 2025/225).
Por lo tanto, la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo resuelve finalmente esta queja como una vulneración de la normativa deontológica en la que considera que tanto el diario digital Merca2 como dos de sus periodistas han incumplido el artículo 2 de los Principios Generales y el artículo 1 de los Principios de Actuación del Código Deontológico.
Resolución 2025/225
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