Ley de libertad de prensa: la FEP aprecia el compromiso de la Eurocámara, pero deplora el uso condicional del espionaje a periodistas
El Pleno del Parlamento Europeo (PE) adoptó ayer, 4 de octubre, por abrumadora mayoría (448 votos a favor, 102 votos en contra y 75 abstenciones), su posición sobre la Ley Europea de Libertad de Prensa. La Federación Europea de Periodistas (FEP), a la que pertenece la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), aprecia el compromiso continuo del PE de preservar y promover la libertad de prensa en un entorno mediático cada vez más hostil y frágil.
Se han realizado muchos cambios esenciales desde que comenzó el proceso legislativo, pero la futura normativa no incluye una prohibición total del uso de softwares espías contra los profesionales de la información, por lo que persisten las preocupaciones sobre el espionaje a periodistas.
“Después de un año de promoción en estrecha cooperación con otras organizaciones de libertad de prensa, sociedad civil y derechos digitales, estamos felices de haber logrado tanto progreso en muchas cuestiones urgentes”, ha afirmado Renate Schroeder, directora de la FEP. “Desgraciadamente, el texto adoptado no incluye una prohibición total del uso de softwares espías contra periodistas, por la que todos hemos luchado intensamente”, ha añadido.
Medida de último recurso
Según la FEP, los miembros del Parlamento Europeo han mejorado el texto de la Comisión ajustándolo a las normas del Consejo de Europa. Sostienen que el uso de softwares espías solo podrá justificarse como medida de “último recurso”, estudiando caso por caso, y si una autoridad judicial independiente ordena investigar un delito grave, como terrorismo o trata de personas. El texto dice que no puede dar lugar al acceso a fuentes periodísticas, pero la FEP lo duda, dado el uso de tecnología digital cada vez más intrusiva.
Asimismo, la FEP acoge con satisfacción los grandes avances que se están realizando, entre otros, en relación con:
- Artículo 5: sobre medios de comunicación de servicio público. Contiene salvaguardias sólidas que deberían fortalecer la independencia y autonomía de estos medios, incluida una financiación adecuada, estable y predecible, y que fomentan el respeto y la libertad de la independencia editorial.
- Artículos 6.1-6.3 y artículo 24: sobre la transparencia de la propiedad de los medios y la financiación estatal con requisitos reforzados y la creación de una base de datos europea. Según este artículo, “las autoridades u organismos reguladores nacionales deben desarrollar y mantener bases de datos específicas sobre propiedad de medios de comunicación en línea, que contengan la información enumerada en el artículo 6(1), incluso a nivel regional o local. El público tendrá acceso fácil, rápido y efectivo, y gratuito, a dichas bases de datos”.
- Artículo 6.2: sobre independencia editorial de los proveedores de servicios de medios.
- Artículo 7: sobre la independencia de las autoridades reguladoras nacionales.
- Artículo 11: sobre la cooperación con una junta más independiente y la necesidad de consultar a expertos externos, incluidos sindicatos y organizaciones de periodistas.
- Artículos 8 a 13: sobre la independencia del consejo de administración de la Comisión Europea.
- Artículo 17: sobre el privilegio de los medios y periodistas para los proveedores de servicios de medios que siguen mecanismos éticos y de autorregulación.
- Artículo 21: sobre la prueba del pluralismo de los medios, una evaluación de las concentraciones del mercado de los medios que podrían tener un impacto en el pluralismo de los medios y la independencia editorial.
La Federación, junto con sus afiliados y organizaciones asociadas, abogará ahora por un artículo 4 reforzado en contra de la posición del Consejo. La presidencia española ya ha expresado su deseo de encontrar una posición definitiva para el mes de noviembre.
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