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La Junta Electoral proclama la candidatura de María Casado para presidir la Academia de Televisión

30/11/2022

09:25

Escrito por: APM

La Junta Electoral solicita a la nueva Junta Directiva que convoque lo antes posible a la Asamblea General Extraordinaria de académicos para refrendar la decisión.

La Junta Electoral de la Academia de las Ciencias y las Artes de Televisión y del Audiovisual, en su última reunión del proceso electoral celebrada el 30 de noviembre, acordó por unanimidad, según la nota de prensa enviada a los medios, lo siguiente:

"1. Recordar que según el artículo 31 del Reglamento de Régimen Interno “corresponde a la Junta Electoral resolver las controversias e incidencias del proceso electoral en un plazo de 2 días, entendiéndose desestimada la reclamación si en un plazo de 5 días no se ha notificado resolución expresa”.

2. La Junta Electoral acuerda el envío a todos los académicos y la publicación en la página web de la Academia de toda la documentación habida en este proceso electoral con el fin, una vez más, de ofrecer la máxima transparencia en las elecciones 2022 de la Academia de Televisión.

3. En esta última reunión también quiere manifestar que siempre ha actuado conforme a las normas de las últimas elecciones contestando en tiempo y forma a todas las alegaciones presentadas y argumentando las razones de sus decisiones. Y todos los acuerdos han sido tomados por unanimidad de los 5 miembros.

4. Al producirse la renuncia de la candidatura encabezada por Mayte Pascual esta Junta Electoral toma la decisión de proclamar vencedora a la única candidatura que queda en el proceso, la encabezada por María Casado.

5. Al mismo tiempo, esta Junta Electoral insta a que una vez que tome posesión la nueva Junta Directiva y, con la mayor diligencia posible, tal y como se indicaba en nuestro último comunicado se convoque la Asamblea General Extraordinaria con el fin de refrendar esta decisión.

6. En relación al voto por correo recibido en las elecciones 2022 (276 votos), este quedará bajo custodia notarial por acuerdo de la Junta Electoral.

7. Sin ningún acuerdo más que tomar al respecto, la Junta Electoral queda disuelta tras esta resolución final.".

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