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El CIC considera que el uso del término “ilegal” para referirse a inmigrantes es “difamatorio”

03/12/2012

18:02

Escrito por: APM

Según el Consejo de la Información de Cataluña, esta utilización del término vulnera su código deontológico.

El Consejo de la Información de Cataluña (CIC) declara y recuerda a los medios de comunicación que la utilización del término “ilegal” para calificar a las personas inmigradas tiene que ser evitado porque vulnera los criterios del Código Deontológico de la profesión periodística catalana.

Esta declaración está motivada por la reaparición en varios medios del uso del término “ilegal” para referirse a personas inmigradas, y recuerda las declaraciones ya hechas por este Consejo el 27/06/2005 y el 24/07/2006, sobre la “Valoración deontológica del uso en los medios de comunicación del término “ilegal como atributo personal”, de enero de 2000, y sobre la “Valoración jurídica del uso del término “ilegal” como atributo personal”, de enero de 2000.

 

No se puede afirmar nunca que una persona (que es sujeto de derechos) es “contraria a la Ley” cuando, precisamente, la definición de una persona es la de ser sujeto de derechos y obligaciones definidas por la ley. Además, la utilización del término “ilegal” de manera sustantivada no está recogida por ningún diccionario.

Es claramente discriminatorio que solamente reciban el calificativo de “ilegales” los emigrantes procedentes otros países que no posean la autorización administrativa para residir en España y nunca los infractores de otras normas administrativas (a veces de mayor trascendencia social) y ni siquiera los delincuentes.

Esta utilización produce que se instale en la opinión pública la percepción de que “inmigrante ilegal” equivale a delincuente. Además de su potencial discriminatorio, el uso del término “ilegal” referido a un grupo o una persona es claramente difamatorio, y denigra su imagen y dignidad.

El Consejo de la Información de Cataluña propone como alternativa la utilización de las expresiones: “en situación irregular”, “indocumentado”, “sin papeles” o la más técnica: “extranjero sin autorización administrativa de residencia”.

Barcelona, 3 de diciembre de 2012

Remitido por el Colegio de Periodistas de Cataluña

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