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‘¡Qué Me Dices!’ obtiene una sentencia absolutoria con doctrina interesante frente a Cayetano Martínez de Irujo

21/02/2011

13:06

Escrito por: APM

La revista “¡Qué Me Dices!”, del grupo Hachette,  fue demandada hace cinco años por una presunta intromisión en el honor y la privacidad de Cayetano Martínez de Irujo en un reportaje publicado en noviembre del 2005. El contenido de la demanda se refería a fotos captadas en espacio público durante la luna de miel del demandante y a los comentarios, opiniones en su mayor parte, contenidos en el texto que acompañaba a las fotos.

Tres juzgados de instancia sucesiva: el juzgado nº 41 de Madrid, la Audiencia Provincial de Madrid y, finalmente, el Tribunal Supremo, con una sentencia ratificada por los cuatro magistrados y con el presidente de la Sala Primera, Juan Antonio Xiol, como ponente, han desestimado la demanda.

El contenido de las tres sentencias repasa el alcance de la legislación referida al honor la privacidad y las libertades de expresión y de información consagradas en la Constitución. Es recomendable la lectura atenta de la sentencia del Supremo, más allá de interpretaciones parciales, personales o apresuradas del mismo.

La sentencia se detiene sobre la oportunidad de ponderar los contenidos a la hora de valorar la colisión entre dos derechos fundamentales como los que tiene que contemplar ante los argumentos del demandante y de los demandados.

La conclusión apuntada en algunos medios sobre el carácter ligero o poco relevante de la llamada prensa rosa, comentado con sentido crítico por el presidente de la APM, Fernando González Urbanjea, en el coloquio de una reciente intervención pública, no forma parte de la sentencia del Supremo, sino de forma marginal en una de las sentencias de instancia inferior. El razonamiento legal, formal, incluso deontológico del ponente, asumido por los demás magistrados se ajusta a la mejor doctrina sobre la libertad de expresión y de información y merece una lectura atenta de los periodistas.

 
Sentencia

 

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