El derecho de información es un pilar de la democracia cuyo límite está en el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de las personas, sobre todo cuando éstas son públicas. Sin embargo, cuando ambos derechos chocan “hay que estudiar cada caso”, dijo Carlina Pina, socia del despacho de abogados Garrigues.
La ley actual, de 1982, es insuficiente, ha quedado obsoleta por la aparición de nuevos canales de información, y adicionalmente existen dificultades para tutelar estos derechos en la vida judicial. Además, los procesos pueden ser muy largos, de hasta varios años y las indemnizaciones son insuficientes. Desde la doble perspectiva de periodista y afectado, Juan Ramón Lucas, que acaba de ganar un contencioso al programa “Salsa rosa”, de Telecinco, manifestó que “hay que endurecer la legislación en lo relativo a indemnizaciones” y criticó la “falta de determinación por los propios profesionales de la información”.
Por su parte, Chelo García Cortés, periodista del corazón, coincidió con Lucas en que la cuantía de las indemnizaciones por atentar contra el honor, la intimidad y la propia imagen son tan irrisorias que los programas suelen incluir en los gastos de producción “una partida destinada a indemnizaciones porque les sale rentable”.
En cuanto a la situación actual, García Cortés afirmó que los culpables son “los periodistas del corazón, el público, la empresa y las productoras”, dejando en el aire si prima el “interés público o el interés del público”. Cuestión que zanjó Mendizábal argumentando que aunque ese tipo de prensa satisface una necesidad del público, “esto no es un derecho”.
Comentarios