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Los usuarios del Servicio Médico de la APM no pueden acudir a los centros hospitalarios públicos

13/03/2013

16:52

Escrito por: APM

Deben ir obligatoriamente a los centros hospitalarios concertados con la APM.

 
El acceso al Servicio Médico de la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) es voluntario. En el momento de solicitar libremente el alta en este servicio, al cumplimentar el documento de opción, todos los asociados firman su elección de recibir la asistencia sanitaria de la Seguridad Social por enfermedad común y accidente no laboral a través del Servicio Médico de la APM. Con esa firma, los usuarios reconocen que la opción elegida les excluye, tanto él como a sus beneficiarios, de recibir asistencia sanitaria en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (Sermas).

En caso de que un usuario del Servicio Médico de la APM acuda por iniciativa propia a un centro hospitalario del Sermas, deberá abonar la asistencia.

La prestación sanitaria que ofrece el Servicio Médico de la APM responde al Protocolo General de Colaboración firmado con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por el que se establece un marco de colaboración para la gestión de la asistencia sanitaria derivada de enfermedad común o accidente no laboral. Dicha prestación se halla sometida a las normas y condiciones que en cada momento se establezcan.

En este convenio se establece que las prestaciones de atención especializada se reciben siempre a través de los centros hospitalarios concertados con la APM y las prestaciones de Atención Primaria, por su parte, en función de la opción elegida. Si la opción elegida es Atención Primaria en el Servicio Madrileño de Salud, el usuario del Servicio Médico de la APM sí puede, lógicamente, acudir a su centro de salud.

Más información en el apartado del Servicio Médico de la web de la APM

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