Fundada en 1895

Las noticias de los diarios y las agencias sobre Causa Galiza no vulneraron la ética periodística

18/07/2016

14:49

Escrito por: APM

La comisión deontológica del periodismo considera que las informaciones denunciadas no vulneran ni el respeto a la verdad, ni el derecho a la propia imagen y ni el principio de inocencia.

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo ha declarado, en su resolución 2016/123, que los diarios “La Voz de Galicia”, “El Correo Gallego, “ABC”, “El Mundo”, “El País”, “Atlántico Diario”, “Diario el Progreso”, “La Región”, y las agencias Europa Press y Efe no vulneraron la deontología periodística en sus informaciones sobre las detenciones policiales de presuntos miembros de la organización Causa Galiza por enaltecimiento del terrorismo.

Las informaciones fueron denunciadas ante la Comisión por Borja Mejuto porque, según él, dichas noticias equiparan “a los inculpados a culpables y vulnera de manera innecesaria su derecho inviolable a la dignidad y la intimidad”. Mejuto se queja de que las noticias denunciadas “están redactadas con una retórica claramente incriminatoria y tendenciosa, carentes del más mínimo ejercicio de contraste”.

En cuanto a los medios denunciados, solo han remitido sus alegaciones a la Comisión “El País”, “Faro de Vigo” y la agencia Efe. Todos ellos coinciden en que “los hechos son de evidente interés general” al referirse a una importante operación de la Guardia Civil, dirigida por la Audiencia Nacional; que la información es veraz, “al versar sobre unas circunstancias objetivas, como es el hecho de unas detenciones policiales”, y que “la titulación no es especulativa, ya que se limita a exponer el hecho en sí de la detención”.

Por tanto, para la Comisión, las alegaciones presentadas por los medios muestran “las bases del buen ejercicio profesional”, puesto que se trata de “informaciones neutrales que reflejan un operativo de especial sensibilidad social como es el terrorismo”. Al respecto, el Tribunal Supremo defiende que “la protección de la libertad de información no resulta condicionada por el resultado del proceso penal, de modo que no es obstáculo que el hecho denunciado no se haya declarado probado”, recuerda la resolución.

En conclusión, la resolución señala que las informaciones denunciadas no vulneran ni el respeto a la verdad, ni el derecho a la propia imagen y ni el principio de inocencia. Asimismo, respecto al reportaje denunciado que publicó “La Voz de Galicia”, la resolución señala que está justificado que “vaya más allá de la noticia” por tratarse de un periódico de difusión regional y porque el hecho que trata “afecta directamente” a los ciudadanos gallegos, argumentación también válida para las informaciones de “La Región” y “Diario de Vigo”.

Finalmente, la Comisión recuerda que las famosas “5W del periodismo” (quién, qué, cómo, cuándo y dónde), “sobre las que se construyen las noticias no pueden ser desautorizadas”, siendo así, “los elementos esenciales de una información”.

Leer aquí la resolución 2016/123 completa

Comentarios