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La FAPE respalda el comunicado de la Asociación de Huelva en el que lamenta el 'apagón informativo' en el caso Laura Luelmo

16/11/2021

09:23

Escrito por: APM

Condena la decisión del magistrado Florentino Ruiz Yamuza de cortar la señal de vídeo e impedir el acceso a la prensa.

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) asume y respalda el comunicado emitido por la Asociación de la Prensa de Huelva (APH) en el que ha mostrado su indignación ante el “apagón informativo” por el juicio por el asesinato de Laura Luelmo, el cual comenzó el 15 de noviembre en la Audiencia Provincial de Huelva.

El magistrado presidente Florentino Ruiz Yamuza ha decidido, tras escuchar a las partes, realizar el juicio a puerta cerrada y sin la señal televisiva que se había preparado para la cobertura periodística del juicio, algo que desde la Asociación de la Prensa de Huelva consideran un grave error que atenta directamente contra los principios democráticos de un proceso público que la propia Constitución Española considera un derecho fundamental.

El hecho de que un juicio de enorme interés social y por el que se solicita una pena de prisión permanente revisable se haga a “oscuras” en una decisión tomada la propia mañana de juicio es una “grave afrenta” a los principios del papel de garante democrático de la profesión periodística por lo que “se le hurta a la ciudadanía su derecho a la información en un caso que escandalizó a toda la sociedad española” y en el que están en juego numerosas implicaciones jurídicas y emocionales que debieran ser públicas para un futuro debate social. Así lo asegura en su comunicado la APH y repalda la FAPE.

Desde la Asociación de la Prensa de Huelva consideran especialmente grave esta decisión teniendo en cuenta que se trata de un juicio con jurado popular, por lo que han sido personas legas en derecho las que han participado en la toma de decisión.

Principio de publicidad

La APH defiende que el principio de publicidad de los juicios penales debe prevalecer, salvo contadas excepciones, y que así lo recoge la propia Constitución Española, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio Europeo de Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. En un caso en el que además ni concurre la presencia de menores ni se atisban problemas de orden público que pudieran motivar la decisión.

La asociación onubense estará vigilante a las motivaciones que el juez debe exponer en un auto específico para hacer una excepción de la norma y consultará con los servicios jurídicos de la FAPE las posibilidades de recurso y/o protesta que la legislación permita en este caso en el que los profesionales de la información sienten vulnerados sus derechos ya que están plenamente capacitados para salvaguardar el honor de la víctima y sus familiares de acuerdo a los principios del código deontológico de la profesión periodística.

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