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La foto del menor atropellado del ‘Ideal’ de Granada vulneró el código deontológico

12/11/2013

17:06

Escrito por: APM

El Colegio de Periodistas de Andalucía denunció una fotografía publicada en portada por el diario el 19 de septiembre de 2013, a la que la resolución considera que “atenta al derecho a la intimidad de una persona en un momento de gran vulnerabilidad”.

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología declaró en su resolución 2013/78, del mes de noviembre, que el periódico “Ideal” de Granada vulneró el Código deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), al infringir el principio de respeto a la intimidad y propia imagen del menor que aparece, tras ser atropellado en una carretera, en la fotografía de portada del periódico del 19 de septiembre.

El Colegio de Periodistas de Andalucía emitió ante la Comisión esta queja tras entender que la fotografía en cuestión “supone un grave deterioro para la figura del menor, cuya integridad personal ha sido agravada aún más publicando su fotografía momentos después del atropello”. Para el Colegio, la ilustración “no añade carga informativa a la noticia y va determinada a la obtención de mayores ventas por el impacto” de la imagen.

Tras el análisis de todas las pruebas aportadas por el denunciante, la Comisión razona que el diario andaluz vulneró el artículo 4 del Código Deontológico de la FAPE, en el que se defiende el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen. La Comisión deontológica recuerda que “la fotografía atenta al derecho a la intimidad de una persona en un momento de gran vulnerabilidad, con el agravante de que se trata de un menor de edad”. Así, la resolución advierte de que entre el derecho a la información y el derecho fundamental de la víctima a su intimidad, prima el segundo “al no existir una justificación informativa suficiente”, puesto que, explica la Comisión, “la noticia en sí misma se centra casi exclusivamente en el impacto de la imagen y no en los datos en torno al suceso que pudiesen legitimar su inclusión en portada”. La resolución dice que la noticia se reduce prácticamente a la imagen, “concediéndole un protagonismo desmesurado”, sin explicar las circunstancias en las que se tomaron, “lo que podría suponer una significativa descontextualización de los hechos y, en consecuencia, una falta al deber de difundir con honestidad la información”.

En referencia a la posible violación del derecho a la imagen del menor, la Comisión señala que “no se produce en sentido estricto”, puesto que “el rostro del menor permanece debajo del vehículo” pero, sin embargo, “podría llegar a serlo para las personas próximas de su entorno por la mostración de casi la totalidad de su cuerpo” y sus pertenencias.

Enlaces relacionados:

- Resolución 2013/78 de la Comisión de Arbitraje, Quejas, y Deontología
 

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